Las Elecciones Presidenciales 2018 de Colombia, serán realizadas el 27 de mayo en primera vuelta, y la segunda vuelta se llevará a cabo el día 17 de junio del mismo año.
Las Elecciones legislativas de Colombia de 2018 se realizarán el Domingo 11 de marzo de ese año. En estas se eligierán los congresistas colombianos. Las elecciones parlamentarias se llevarán a cabo para elegir a los miembros de ambas cámaras del Congreso en Colombia. Es decir, la circunscripción nacional para los 102 escaños del Senado y las 166 curules de la Cámara de Representantes.
David Barguil anticipó que para el 2018 su partido irá con candidato propio para la elección de presidente de la República.
Lo que exteriorizó el dirigente conservador es un tema que se venía hablando al interior de los partidos, que no está maduro, pero que se ha anticipado, ante la inminencia de que el escenario político en 2018 sea completamente distinto al actual.
Empiezan a valorar las colectividades que para ese momento ya no existirá la Unidad Nacional, que nació en 2010 como la coalición de fuerzas alrededor del presidente Juan Manuel Santos.
La razón es evidente, Santos no volverá a ser presidente y la labor de armar alianza de fuerza le tocará a su sucesor. Ese será momento para volver a comparar fuerzas y para trazar nuevas uniones por intereses y por semejanzas ideológicas.
Otro tema que pesará en 2018, que muy seguramente será el hilo conductor de la nueva alianza, es el posconflicto. Para ese momento en Colombia se deberán estar cumpliendo los acuerdos a los que lleguen el gobierno y las guerrillas. Es decir el país tendría otra elección presidencial cruzada por las posiciones ante la paz, pero sin la presión de la guerra.
Con la previsión de que ese será el ambiente político futuro, así es como están los partidos con miras a candidaturas presidenciales:
PARTIDO LIBERAL
Es la colectividad que tiene más nombres de posibles candidatos. La lista la encabeza un delfín, el actual director de Planeación Nacional, Simón Gaviria, hijo del expresidente César Gaviria Trujillo. Aunque hay un sector que le apoya desde ya, otros piensan que debe seguir ‘haciendo el curso’ de funcionario público.
Un nombre que tiene peso por sí solo es el del actual jefe negociador en la mesa con las FARC, Humberto de la Calle Lombana, quien buscaría ser el presidente del posconflicto. Aunque no es militante activo, sí fue figura clave en los gobiernos liberales de César Gaviria y Ernesto Samper Pizano, en este como vicepresidente de la República, dignidad a la que renunció.
Un delfín más suena en los pasillos del liberalismo: el senador Juan Manuel Galán, hijo del inmolado líder Luis Carlos Galán, quien ya ha expresado que quiere seguir los pasos de su padre.
El sonajero liberal también tiene al actual presidente del Senado, Luis Fernando Velasco, quien preveía un crecimiento político importante en el país, lo que no demostró con resultados en las elecciones regionales.
EL CONSERVATISMO
El afán de David Barguil por decir que el conservatismo irá con candidato propio el 2018 se justifica en que ya tiene nombres de peso con ese propósito. El primero es el de la exministra Marta Lucía Ramírez, quien llegará con su buena participación en la presidencial del 2014, cuando sacó dos millones de votos y consolidó su vigencia en el partido.
En las recientes elecciones regionales estuvo recorriendo el país como si fuera candidata y en Bogotá figuró al lado de Enrique Peñalosa como apoyo fundamental para ese triunfo.
En los presidenciables azules igualmente está el procurador general Alejandro Ordóñez, quien para 2014 ya recibió oferta de este partido para ser candidato presidencial. En su caso, el pero está en que no sería un claro candidato azul, pues analistas lo ven con mejores opciones como independiente con capacidad de recoger apoyos de todas las facciones de derecha, en especial el del uribismo.
Mauricio Cárdenas Santamaría, el actual ministro de Hacienda, es un nombre más que tiene esta colectividad. Cárdenas siempre ha figurado en ese sonajero azul y de todas las opciones sería la única con cercanía al presidente Santos.
CAMBIO RADICAL, CON VIDA PROPIA
A menos de tres años la suerte está echada. Su candidato será su jefe único y vicepresidente de la República, Germán Vargas Lleras. Los resultados muy positivos que alcanzó su partido el domingo pasado, cuando creció de forma importante en concejos, votación que le da un buen punto para arrancar.
El vicepresidente recibió un golpe en sus intenciones en abril pasado, cuando se discutía en la reforma constitucional del Equilibrio de Poderes la inhabilidad a quien ostente ese cargo; el resultado es que él tendrá que dejar su oficina por lo menos un año y medio antes de la elección; es decir, estaría renunciando en noviembre de 2016.
EN EL URIBISMO NO HAY NADA CLARO
El Centro Democrático no tiene la claridad de otros partidos, porque su máxima figura nunca podrá volver a presentarse como candidato. También porque su discurso inalterable de mano dura ante el conflicto armado parece que no pega tanto entre los electores, según los resultados del domingo pasado, cuando perdió con las anteriores fuerzas y con la Alianza Verde.
En nombres de posibles candidatos figura el recién derrotado a la Alcaldía de Bogotá, Francisco Santos, quien perdió esa disputa, pero logró dejar una imagen de tener buenas ideas y de defender sus propuestas con planteamientos.
Más por la última experiencia que por tener posibilidades reales, también su podría pensar en una segunda campaña de Óscar Iván Zuluaga. Para eso tendría que solucionar un proceso judicial que enfrenta y acallar los reclamos internos que le hacen por los flojos resultados del domingo.
El senador Iván Duque, una figura nueva del uribismo, es otro nombre que se estaría moviendo. Ha sido destacado como uno de los mejores congresistas, brilla en los temas económicos y, en los últimos meses, igualmente ha jugado papel clave en las reformas constitucionales políticas.
LOS INDEPENDIENTES Y LOS VERDES
Estos sectores tienen ‘presidenciables’ con nombres interesantes. El primero es el saliente gobernador de Antioquia, Sergio Fajardo, a quien tampoco le fue bien en las elecciones regionales, pero que tiene una gran imagen nacional y ha sido buen ejecutor en sus labores como alcalde y como gobernador.
La senadora Claudia López es la carta más firme que se agita en las filas de la Alianza Verde. Su figuración en la política partidista, la labor como miembro del Congreso y su activismo por la igualdad de los derechos de las comunidades LBGTI, son sus puntos fuertes.
LA IZQUIERDA, EN MANOS DE ROBLEDO
El único nombre que suena como una posibilidad clara para la elección del 2018 es el del senador Jorge Enrique Robledo. Para 2014 compitió por esa posibilidad con Clara López, quien parece fuera del camino tras su reciente fracaso por la Alcaldía de Bogotá.
El senador tiene indudable poder al interior del Polo, aunque despierta resquemores en sectores que le dicen sectario y extremista, al punto que lo conozcan como ‘El doctor no’.
Gustavo Petro, el saliente alcalde de Bogotá, podría ser también candidato presidencial por un sector de la izquierda. Su postulación, aún no es clara porque ha perdido fuerza política tras una muy floja alcaldía en Bogotá y porque podría revivir la inhabilidad que le impuso la Procuraduría.
Por último en este grupo habría un candidato que encarne las opiniones de las FARC, que de estar ya desmovilizadas y haciendo política podrían llevar su propio aspirante presidencial.
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Elecciones Presidenciales 2018
Pese a que faltan más de dos años para que termine el gobierno de Juan Manuel Santos, en el ambiente político se siente que el Presidente ya tienen ‘el sol a las espaldas’.
No es para menos, y así lo explican observadores políticos: lleva seis años de administración, tiene un proceso de paz en la recta final, pero sin resultados concretos, y exhibe el índice de popularidad más bajo de su historia, 72 % en desaprobación, según la última medición de Invamer-Gallup.
A ello se agrega que ‘la tal unidad nacional ya no existe’, por tanto todos los movimientos que la integraron –el Partido de La U, el Liberal y Cambio Radical— quieren jugar la próxima vez con candidato propio.
Partido de la U
Es una de las colectividades más débiles del espectro, pues diferentes versiones señalan como sus posibles candidatos al poco querido senador Roy Barreras Montealegre; a los exministros Juan Carlos Pinzón, actual embajador en Washington, y Sergio Díazgranados, representante de Colombia ante el BID, y al ministro de Agricultura, Aurelio Iragorri.
Se trata de figuras reconocidas en todo el país y muy cercanas al Jefe de Estado, pero sin proyección presidencial. Por eso el analista Aurelio Suárez considera que el Partido de La U “tendrá candidato, pero en coalición con el Partido Liberal, o como cuota a la Vicepresidencia”.
Para los expertos, siempre que hay segundo periodo presidencial lo normal no es preguntar cuánto lleva el Gobierno sino cuánto le falta; por eso dicen que esta será la campaña más larga en décadas, pues incluso hay candidatos que ocupan cargos estatales y, por la reforma de Equilibrio de Poderes, tienen que retirarse un año antes de los comicios para no inhabilitarse.
Lo importante, dicen las fuentes consultadas, es que el partidor presidencial para 2018 comenzó a llenarse. Aunque advierten que no están todos los que son, ni puede decirse que los que ya suenan “sean competitivos”. Sin embargo, “los que saben que no tienen muchas posibilidades, buscan posicionarse para otros cargos o para futuras elecciones”, dice el periodista y exministro Mauricio Vargas Linares.
Hoy, el partidor muestra que serán cinco los grandes grupos de “profesionales de la política”, en palabras del catedrático Juan Manuel Charry, los que empiezan a ‘calentar motores’.
Partido Liberal
Esta semana Horacio Serpa, presidente del partido del trapo rojo, sugirió algunos nombres de quienes se lanzarían al agua como precandidatos presidenciales. Mencionó al ministro del Interior, Juan Fernando Cristo; al presidente del Congreso, Luis Fernando Velásquez, y hasta al delfín Simón Gaviria Muñoz, hoy director de Planeación Nacional.
Pero expertos como el exministro Armando Estrada Villa consideran que si bien son personajes de reconocimiento nacional, “no tienen talla presidencial”. En cambio, dice que el Partido Liberal tendría un buen candidato en el jefe negociador de los diálogos de paz, Humberto de la Calle Lombana, pero que con él ocurren dos cosas: él mismo ha descartado esa posibilidad y “Serpa les tiene ojeriza y rencor a De la Calle y a Germán Vargas, porque en sus dos campañas presidenciales no lo acompañaron”.
Pero claro, en política lo único cierto es lo que ya pasó, y cualquier cosa puede ocurrir.
Conservadores
La colectividad azul ya tiene definidos precandidatos, pero también tiene un ‘dilema del alma’: inclinarse por un candidato del ala gobiernista (Mauricio Cárdenas es el que más suena, a pesar de las resistencias que genera) o uno de oposición al actual Gobierno, que estaría entre la exministra Martha Lucía Ramírez, y el procurador general, Alejandro Ordóñez, que por determinación legal no puede hacer política formal, pero cuyas acciones diarias parecen ser una verdadera campaña, con las críticas al proceso de paz y a la obra de gobierno de Santos como su ‘caballito de batalla’.
Esa dignidad también la disputará el exgobernador del Valle, Ubeimar Delgado, quien aceptó la postulación de un sector ‘godo’ del Tolima, aunque su escaso carisma y su baja proyección nacional le ayudan poco.
El partido de Caro y Ospina aún no ha definido las reglas de juego para escoger a su candidato presidencial, pero quien sea el elegido “con seguridad tendrá que diseñar una estrategia supranacional como la de Andrés Pastrana, porque el conservatismo solo no gana la Presidencia”, según Juan Manuel Charry.
Cambio Radical
Aunque es de los partidos con menor representación parlamentaria, es el que tiene al candidato presidencial con mayor opción de triunfo: el vicepresidente Germán Vargas Lleras. De ahí, dice Mauricio Vargas Linares, “muchos congresistas comenzarán a unírsele al ‘hombre de la chequera’ en la medida que avance la campaña”.
Centro Democrático
Cualquiera que sea postulado como su candidato presidencial, tendrá el difícil reto de recibir la posta del expresidente Álvaro Uribe. “El CD es un partido personal, pero no tiene grandes figuras, aunque sí un capital electoral ganado con Óscar Iván Zuluaga”, dice el politólogo Aurelio Suárez.
Pero Zuluaga tiene un proceso judicial en curso, por lo que se ve como posibles precandidatos a María del Rosario Guerra e Iván Duque, de quien se dice es ‘el consentido’ de Uribe. La otra opción es Carlos Holmes Trujillo, quien fue fórmula de Zuluaga. Tampoco que se descarta que el CD se la juegue con el procurador Ordóñez.
El Polo
Observadores coinciden en que su figura más representativa era Clara López, pero su nombramiento en el Ministerio de Trabajo la aleja de toda posibilidad de repetir en el tarjetón.
Así, no se descarta que quien sea ungido como su candidato sea el senador Jorge Robledo, uno de los congresistas con mayor prestigio por sus debates de control político, o el senador Iván Cepeda.
Independientes
En esta franja se ubican dos nombres de amplio reconocimiento. Gustavo Petro, quien a pesar de haber salido mal de la Alcaldía de Bogotá y tener un proceso pendiente en el Consejo de Estado –que si le es adverso podría significar su ‘muerte política’— tiene movimiento propio: Progresistas, y amplio respaldo de sectores de izquierda, sobre todo en Bogotá y zonas de la Costa Caribe. Su altísima imagen negativa es su gran handicap.
El otro candidato independiente con opción es Sergio Fajardo, que tiene su movimiento Compromiso Ciudadano y respaldo en un amplio sector de la Alianza Verde.
De la Gobernación de Antioquia salió con una imagen positiva, aunque para algunos analistas tiene en contra que ha dado bandazos políticos, es cercano a Álvaro Uribe, y no cuenta con una organización política sólida.
Los escenarios
Otros entendidos del tema político, como el analista y catedrático Pedro Medellín Torres, director de la Fundación Ortega y Gasset, consideran que en esta ocasión tres temas marcarán la campaña presidencial.
Ellos son la reforma tributaria, que el Gobierno Nacional presentará el próximo semestre, la reforma institucional para el posconflicto y el fortalecimiento de la Justicia.
Medellín plantea desde ya tres escenarios de cara a las elecciones presidenciales de 2018.
El primero tiene que ver con “una nueva Unidad Nacional en la que participarían el Partido de La U, el Liberal y un sector de los conservadores para enfrentar a Germán Vargas Lleras ”.
El segundo escenario que sugiere el analista Pedro Medellín es la candidatura del hoy vicepresidente Vargas Lleras, contra una coalición de las demás fuerzas políticas, sin el Polo Democrático Alternativo.
“En ese escenario el Centro Democrático será el definidor”, vaticina.
Y un último que describe es que en el muy improbable caso que Germán Vargas no estuviera en el partidor, según Medellín, sería el enfrentamiento de un candidato de coalición –liberales, conservadores y La U— contra Sergio Fajardo.
No es para menos, y así lo explican observadores políticos: lleva seis años de administración, tiene un proceso de paz en la recta final, pero sin resultados concretos, y exhibe el índice de popularidad más bajo de su historia, 72 % en desaprobación, según la última medición de Invamer-Gallup.
A ello se agrega que ‘la tal unidad nacional ya no existe’, por tanto todos los movimientos que la integraron –el Partido de La U, el Liberal y Cambio Radical— quieren jugar la próxima vez con candidato propio.
Partido de la U
Es una de las colectividades más débiles del espectro, pues diferentes versiones señalan como sus posibles candidatos al poco querido senador Roy Barreras Montealegre; a los exministros Juan Carlos Pinzón, actual embajador en Washington, y Sergio Díazgranados, representante de Colombia ante el BID, y al ministro de Agricultura, Aurelio Iragorri.
Se trata de figuras reconocidas en todo el país y muy cercanas al Jefe de Estado, pero sin proyección presidencial. Por eso el analista Aurelio Suárez considera que el Partido de La U “tendrá candidato, pero en coalición con el Partido Liberal, o como cuota a la Vicepresidencia”.
Para los expertos, siempre que hay segundo periodo presidencial lo normal no es preguntar cuánto lleva el Gobierno sino cuánto le falta; por eso dicen que esta será la campaña más larga en décadas, pues incluso hay candidatos que ocupan cargos estatales y, por la reforma de Equilibrio de Poderes, tienen que retirarse un año antes de los comicios para no inhabilitarse.
Lo importante, dicen las fuentes consultadas, es que el partidor presidencial para 2018 comenzó a llenarse. Aunque advierten que no están todos los que son, ni puede decirse que los que ya suenan “sean competitivos”. Sin embargo, “los que saben que no tienen muchas posibilidades, buscan posicionarse para otros cargos o para futuras elecciones”, dice el periodista y exministro Mauricio Vargas Linares.
Hoy, el partidor muestra que serán cinco los grandes grupos de “profesionales de la política”, en palabras del catedrático Juan Manuel Charry, los que empiezan a ‘calentar motores’.
Partido Liberal
Esta semana Horacio Serpa, presidente del partido del trapo rojo, sugirió algunos nombres de quienes se lanzarían al agua como precandidatos presidenciales. Mencionó al ministro del Interior, Juan Fernando Cristo; al presidente del Congreso, Luis Fernando Velásquez, y hasta al delfín Simón Gaviria Muñoz, hoy director de Planeación Nacional.
Pero expertos como el exministro Armando Estrada Villa consideran que si bien son personajes de reconocimiento nacional, “no tienen talla presidencial”. En cambio, dice que el Partido Liberal tendría un buen candidato en el jefe negociador de los diálogos de paz, Humberto de la Calle Lombana, pero que con él ocurren dos cosas: él mismo ha descartado esa posibilidad y “Serpa les tiene ojeriza y rencor a De la Calle y a Germán Vargas, porque en sus dos campañas presidenciales no lo acompañaron”.
Pero claro, en política lo único cierto es lo que ya pasó, y cualquier cosa puede ocurrir.
Conservadores
La colectividad azul ya tiene definidos precandidatos, pero también tiene un ‘dilema del alma’: inclinarse por un candidato del ala gobiernista (Mauricio Cárdenas es el que más suena, a pesar de las resistencias que genera) o uno de oposición al actual Gobierno, que estaría entre la exministra Martha Lucía Ramírez, y el procurador general, Alejandro Ordóñez, que por determinación legal no puede hacer política formal, pero cuyas acciones diarias parecen ser una verdadera campaña, con las críticas al proceso de paz y a la obra de gobierno de Santos como su ‘caballito de batalla’.
Esa dignidad también la disputará el exgobernador del Valle, Ubeimar Delgado, quien aceptó la postulación de un sector ‘godo’ del Tolima, aunque su escaso carisma y su baja proyección nacional le ayudan poco.
El partido de Caro y Ospina aún no ha definido las reglas de juego para escoger a su candidato presidencial, pero quien sea el elegido “con seguridad tendrá que diseñar una estrategia supranacional como la de Andrés Pastrana, porque el conservatismo solo no gana la Presidencia”, según Juan Manuel Charry.
Cambio Radical
Aunque es de los partidos con menor representación parlamentaria, es el que tiene al candidato presidencial con mayor opción de triunfo: el vicepresidente Germán Vargas Lleras. De ahí, dice Mauricio Vargas Linares, “muchos congresistas comenzarán a unírsele al ‘hombre de la chequera’ en la medida que avance la campaña”.
Centro Democrático
Cualquiera que sea postulado como su candidato presidencial, tendrá el difícil reto de recibir la posta del expresidente Álvaro Uribe. “El CD es un partido personal, pero no tiene grandes figuras, aunque sí un capital electoral ganado con Óscar Iván Zuluaga”, dice el politólogo Aurelio Suárez.
Pero Zuluaga tiene un proceso judicial en curso, por lo que se ve como posibles precandidatos a María del Rosario Guerra e Iván Duque, de quien se dice es ‘el consentido’ de Uribe. La otra opción es Carlos Holmes Trujillo, quien fue fórmula de Zuluaga. Tampoco que se descarta que el CD se la juegue con el procurador Ordóñez.
El Polo
Observadores coinciden en que su figura más representativa era Clara López, pero su nombramiento en el Ministerio de Trabajo la aleja de toda posibilidad de repetir en el tarjetón.
Así, no se descarta que quien sea ungido como su candidato sea el senador Jorge Robledo, uno de los congresistas con mayor prestigio por sus debates de control político, o el senador Iván Cepeda.
Independientes
En esta franja se ubican dos nombres de amplio reconocimiento. Gustavo Petro, quien a pesar de haber salido mal de la Alcaldía de Bogotá y tener un proceso pendiente en el Consejo de Estado –que si le es adverso podría significar su ‘muerte política’— tiene movimiento propio: Progresistas, y amplio respaldo de sectores de izquierda, sobre todo en Bogotá y zonas de la Costa Caribe. Su altísima imagen negativa es su gran handicap.
El otro candidato independiente con opción es Sergio Fajardo, que tiene su movimiento Compromiso Ciudadano y respaldo en un amplio sector de la Alianza Verde.
De la Gobernación de Antioquia salió con una imagen positiva, aunque para algunos analistas tiene en contra que ha dado bandazos políticos, es cercano a Álvaro Uribe, y no cuenta con una organización política sólida.
Los escenarios
Otros entendidos del tema político, como el analista y catedrático Pedro Medellín Torres, director de la Fundación Ortega y Gasset, consideran que en esta ocasión tres temas marcarán la campaña presidencial.
Ellos son la reforma tributaria, que el Gobierno Nacional presentará el próximo semestre, la reforma institucional para el posconflicto y el fortalecimiento de la Justicia.
Medellín plantea desde ya tres escenarios de cara a las elecciones presidenciales de 2018.
El primero tiene que ver con “una nueva Unidad Nacional en la que participarían el Partido de La U, el Liberal y un sector de los conservadores para enfrentar a Germán Vargas Lleras ”.
El segundo escenario que sugiere el analista Pedro Medellín es la candidatura del hoy vicepresidente Vargas Lleras, contra una coalición de las demás fuerzas políticas, sin el Polo Democrático Alternativo.
“En ese escenario el Centro Democrático será el definidor”, vaticina.
Y un último que describe es que en el muy improbable caso que Germán Vargas no estuviera en el partidor, según Medellín, sería el enfrentamiento de un candidato de coalición –liberales, conservadores y La U— contra Sergio Fajardo.
Elecciones Congreso 2018
Las elecciones legislativas 2018 son en Colombia las elecciones en las cuales el pueblo elige a senadores y representantes ante el Congreso.
Estas elecciones permiten designar a:
Miembros del Senado de la República, por circunscripción nacional.
Miembros de la Cámara de Representantes, por circunscripción departamental.
Representantes de Colombia en el Parlamento Andino (eligiéndose por voto popular desde los comicios de 2010).
El sistema de elección del Congreso de Colombia ha variado a lo largo de la historia republicana del país.
Con la promulgación de la Constitución de Cúcuta, en el período de la Gran Colombia, el Congreso se elegía mediante voto indirecto, es decir, que los ciudadanos pudientes de cada parroquia votaban por un colegio electoral que elegía al Congreso. Esta medida persistió hasta 1853, cuando la constitución de la República de la Nueva Granada consagró el sufragio universal masculino para la elección de los congresistas.1
Bajo los Estados Unidos de Colombia (1863-1886) se determinó que cada estado estaba en libertad de crear su propio sistema de elección de sus representantes. Con la Constitución de 1886 se volvió a unificar el sistema de elección, resultando que los Representantes se elegían mediante voto directo y los senadores eran elegidos por las Asambleas Departamentales. Este sistema se mantuvo hasta cuando se consagró el sufragio universal masculino para la elección de representantes (1936) y senadores (1945).
En 1958, se determinó que los escaños del Congreso se repartirían en igual proporción a los partidos tradicionales (liberal y conservador), además de ser la primera vez en la cual la mujer pudo elegir a los congresistas. Desde el Acto Legislativo No. 1 de 1968, las elecciones legislativas estuvieron abiertas a todos los movimientos políticos y se extendió el periodo de los representantes de dos a cuatro años, la misma duración que tienen los senadores desde 1910.
Hasta 1986, las elecciones legislativas coincidían con las elecciones regionales, comicios estos últimos que sólo elegían diputados a las asambleas departamentales y concejales municipales. A partir de 1986 se aprobó la elección de alcaldes junto con las elecciones legislativas. Con la Constitución de 1991, se separaron las elecciones regionales de las elecciones legislativas, las cuales empezaron a celebrarse cada cuatro años a partir de 1994 elegiendo a la totalidad del Senado y la Cámara de Representantes.
La nueva constitución también determinó que el Senado se elige mediante circunscripción nacional, junto con dos escaños de circunscripción especial indígena. Por su parte, la Cámara agregó a los representantes de cada departamento, la elección de representantes el Distrito Capital de Bogotá y escaños adicionales para comunidades indígenas, afrocolombianos y desde 2002, comunidades colombianas en el exterior y minorías políticas.
Estas elecciones permiten designar a:
Miembros del Senado de la República, por circunscripción nacional.
Miembros de la Cámara de Representantes, por circunscripción departamental.
Representantes de Colombia en el Parlamento Andino (eligiéndose por voto popular desde los comicios de 2010).
El sistema de elección del Congreso de Colombia ha variado a lo largo de la historia republicana del país.
Con la promulgación de la Constitución de Cúcuta, en el período de la Gran Colombia, el Congreso se elegía mediante voto indirecto, es decir, que los ciudadanos pudientes de cada parroquia votaban por un colegio electoral que elegía al Congreso. Esta medida persistió hasta 1853, cuando la constitución de la República de la Nueva Granada consagró el sufragio universal masculino para la elección de los congresistas.1
Bajo los Estados Unidos de Colombia (1863-1886) se determinó que cada estado estaba en libertad de crear su propio sistema de elección de sus representantes. Con la Constitución de 1886 se volvió a unificar el sistema de elección, resultando que los Representantes se elegían mediante voto directo y los senadores eran elegidos por las Asambleas Departamentales. Este sistema se mantuvo hasta cuando se consagró el sufragio universal masculino para la elección de representantes (1936) y senadores (1945).
En 1958, se determinó que los escaños del Congreso se repartirían en igual proporción a los partidos tradicionales (liberal y conservador), además de ser la primera vez en la cual la mujer pudo elegir a los congresistas. Desde el Acto Legislativo No. 1 de 1968, las elecciones legislativas estuvieron abiertas a todos los movimientos políticos y se extendió el periodo de los representantes de dos a cuatro años, la misma duración que tienen los senadores desde 1910.
Hasta 1986, las elecciones legislativas coincidían con las elecciones regionales, comicios estos últimos que sólo elegían diputados a las asambleas departamentales y concejales municipales. A partir de 1986 se aprobó la elección de alcaldes junto con las elecciones legislativas. Con la Constitución de 1991, se separaron las elecciones regionales de las elecciones legislativas, las cuales empezaron a celebrarse cada cuatro años a partir de 1994 elegiendo a la totalidad del Senado y la Cámara de Representantes.
La nueva constitución también determinó que el Senado se elige mediante circunscripción nacional, junto con dos escaños de circunscripción especial indígena. Por su parte, la Cámara agregó a los representantes de cada departamento, la elección de representantes el Distrito Capital de Bogotá y escaños adicionales para comunidades indígenas, afrocolombianos y desde 2002, comunidades colombianas en el exterior y minorías políticas.
Mesa de Votacion 2018 Colombia
El sorteo de mesas de votación 2018 para las próximas elecciones finalizó el 31 del mes pasado. Preguntas y respuestas sobre todo lo que debe saber a la hora de desempeñar esta importante labor.
¿Quién es un jurado de votación?
Los jurados de votación son los ciudadanos que en representación de la sociedad civil atienden a los sufragantes el día de las elecciones.
¿Cómo se eligen los jurados de votación?
La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un software que permite realizar un sorteo electrónico de los jurados. Esta herramienta se nutre con las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos. El sorteo se realiza en forma aleatoria para garantizar la heterogeneidad de la filiación política y así brindarle transparencia al proceso electoral.
¿Cuándo se realizó el sorteo de jurados de votación para las elecciones de autoridades locales del 30 de octubre?
La designación de los jurados de votación se realizó del 1 al 31 de agosto en todo el país, para elegir cerca de 700.000 jurados de votación.
¿En qué fecha se publicarán las listas de los jurados designados?
De acuerdo con el calendario electoral, el 5 de septiembre se publican las listas de los ciudadanos que resultaron elegidos para prestar el servicio como jurados de votación el 30 de octubre.
¿Si el jurado de votación no recibe notificación queda exonerado de prestar el servicio?
No. El no estar notificado no es una excusa para no prestar el servicio de jurado de votación y por lo tanto es importante que todos los ciudadanos verifiquen en los listados que se fijan en lugares públicos si fueron seleccionados para este servicio.
¿Dónde consulto si fui designado como jurado de votación?
• Verificando los listados que se publican en lugares públicos como alcaldías o sedes de la Registraduría. En Bogotá los listados se pueden consultar en la Alcaldía Mayor, en la Plaza de Bolívar.
• Digitando su número de cédula en la página Web www.registraduria.gov.co.
• Verificando a través de las oficinas de Talento Humano de las distintas empresas e instituciones educativas del país que suministraron sus listados de nómina para incluir a los ciudadanos en la base de datos para el sorteo de jurados.
¿Cómo se capacitan los jurados de votación?
A través de las charlas presenciales que organiza la Registraduría en cada uno de los 1102 municipios del país, las cuales tienen una duración promedio de dos horas y se programarán con antelación. También se pueden capacitar a través de Internet mediante el curso virtual que ofrece la Registraduría en convenio con el Sena.
¿Cuáles son las sanciones para las personas designadas como jurados que no presten este servicio?
Las personas notificadas y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
¿Qué es ser jurado de votación remanente?
- Los jurados remanentes son aquellos ciudadanos que son seleccionados para sustituir a las personas que por motivo de fuerza mayor no puedan prestar este servicio el día de la elección.
En las listas los ciudadanos pueden saber si son jurados remanentes, ya que tendrán asignado el puesto más no la mesa de votación. Los ciudadanos deberán revisar las listas hasta el día antes de los comicios, para saber si deben prestar el servicio.
¿Cuáles son los cargos y las funciones de los jurados de votación?
Los jurados de votación tienen tres cargos: presidente, vicepresidente y vocal.
Las funciones de los jurados son las siguientes:
• El presidente de la mesa recibe el documento de identidad de los ciudadanos y lo verifica en el formulario E-10.
• El vicepresidente registra a cada elector en el formulario E-11.
• El vocal entrega la tarjeta electoral al sufragante.
• Los otros tres jurados son suplentes que deberán estar pendientes de vigilar la urna, ayudar al sufragante en caso que sea necesario, y entregar el certificado electoral.
¿Cuál es el horario de un jurado de votación?
Los jurados de votación deberán presentarse a más tardar a las 7:30 a.m. en la mesa asignada. La jornada electoral culmina a las 4:00 p.m., hora en que se inicia el escrutinio de mesa. Los jurados, únicamente se pueden retirar una vez hayan terminado el conteo de todos los votos y entreguen todos los formularios debidamente diligenciados y suscritos al Delegado de Puesto de la Registraduría Nacional.
¿Cuáles son las actividades de los jurados de votación hasta las 4:00 p.m.?
Desde las 7:30 a.m. el jurado inicia su labor con la verificación del kit electoral, el cual deberá estar completo para que a las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m. sean atendidos los votantes. En este horario el jurado de votación deberá verificar la identidad de los ciudadanos, hacer el registro general, entregar las tarjetas electorales y autorizar la introducción del voto en cada urna.
¿Las personas que prestaron el servicio de jurados de votación en las consultas de partidos y movimientos políticos de mayo repiten en los comicios del 30 de octubre?
No necesariamente, ya que para las elecciones de autoridades locales se realiza un nuevo sorteo de jurados en cada municipio. Sin embargo, se pueden dar casos en los cuales los ciudadanos que fueron jurados el 29 de mayo en las consultas salgan nuevamente seleccionados.
¿Para el sorteo de jurados, puedo pedir a la Registraduría que cambie la dirección de mi residencia?
No. La Registraduría Nacional del Estado Civil no actualiza, ni manipula las listas de los ciudadanos enviados por las empresas para ser sorteados como jurados de votación. El ciudadano debe solicitar a la oficina de Talento Humano de su empresa el respectivo cambio para que envíe el listado a la Entidad con los ajustes necesarios.
¿Si me asignaron un puesto de votación lejano a mi residencia puedo pedir el cambio?
No. La designación de los jurados se realiza mediante un sorteo aleatorio, el cual se hace por medio de un software alimentado con las listas de empleados públicos y privados menores de 60 años, enviadas por los jefes de recursos humanos de diversas empresas, los miembros de instituciones educativas y los listados que envían los partidos y movimientos políticos.
Efectivamente, en algunos casos el lugar donde se prestará el servicio puede quedar retirado de su lugar de residencia, teniendo en cuenta que hay puesto de votación ubicados en zonas no residenciales.
¿Si trabajo en un municipio distinto al de mi residencia y mi empresa reporta la dirección de la compañía, puedo excusarme de prestar el servicio de jurado?
No. Las bases de datos que se utilizan para el sorteo de los jurados de votación se elaboran con la información que reportan los empleadores. Si su empleador informó la dirección donde usted labora, se entiende que usted está en capacidad de trasladarse a dicha zona a prestar el servicio de jurado, ya que diariamente se traslada a dicho municipio a atender sus obligaciones laborales.
¿Prestar el servicio como jurado es obligatorio?
Sí. De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación.
¿Quiénes pueden excusarse de prestar el servicio de Jurados de Votación?
Según el artículo 108 del Código Electoral, las causales de exoneración son las siguientes:
• Grave enfermedad del jurado o su conyugue, padre, madre o hijo.
• Muerte del jurado o de su conyugue, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
• Ser menor de 18 años.
¿Quiénes no prestan el servicio de jurados de votación?
Por regla general, todos los ciudadanos entre 18 y 60 años pueden ser designados jurados de votación. Se exceptúan únicamente las siguientes personas:
• Menores de 18 años y mayores de 61 años.
• Funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
• Las primeras Autoridades Civiles en el orden Nacional, Seccional y Municipal.
• Funcionarios que realizan tareas electorales.
• Los miembros de las Fuerzas Armadas.
• Los Operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, Empresas de Teléfonos.
• Los funcionarios de la Administración Postal Nacional.
• Los Miembros Directivos de los Directorios Políticos, Candidatos.
• Los candidatos a corporaciones públicas, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad a primero civil, no podrán ser jurados de votación.
• Tampoco podrán ser jurados los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad 0 primero civil del Registrador Nacional, Registradores Distritales, Municipales o Auxiliares, ni de los Delegados del Registrador.
¿Cómo se presenta la excusa para ser exonerado de prestar el servicio de jurado de votación?
El ciudadano debe acercarse a la oficina del Registrador del municipio y pedir una solicitud de exoneración. Debe anexar las pruebas que exige el Código Electoral en el artículo 108, así: La enfermedad sólo podrá acreditarse con la presentación del certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento; la muerte del familiar, con el certificado de defunción; la edad, con la presentación del documento de identidad; la no residencia, con la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside y la inscripción y voto, con el respectivo certificado de votación.
¿Cuáles son las sanciones para las personas designadas como jurados que no presten este servicio?
Las personas notificadas y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
¿El jurado de votación puede retirarse de su mesa para ir a votar?
No. El jurado está habilitado para votar en la misma mesa en la que presta el servicio.
¿Qué beneficio se otorga por ejercer funciones de jurado de votación?
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 105 del Código Electoral, los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo frente al respectivo empleador dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de la elección.
De igual forma, el artículo 3º de la Ley 403 de 1997, establece que todo ciudadano que acredite haber ejercido el derecho al voto en forma legítima, podrá disponer de media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector.
Sin embargo, en la ley no se establece que estos beneficios sean acumulativos.
¿Cuántos jurados se designan por cada mesa de votación?
Seis jurados por cada mesa de votación; tres principales y tres suplentes. Al comenzar la jornada todos deberán estar presentes para el momento de abrir el kit electoral y al finalizar la jornada democrática, todos deberán realizar el conteo de mesa de los votos.
¿Si no tengo cédula, sólo contraseña, puedo ser jurado?
Sí. Todos los jurados que fueron notificados para prestar su servicio deben presentarse a las 7:30 am en el puesto asignado. En principio deben llevar la cédula de ciudadanía y el formulario E-1 de notificación de jurados. Pero si el jurado no tiene cédula sino contraseña, o si perdió el formulario E-1, esta situación no lo exime de prestar su servicio y por lo tanto debe presentarse en el día indicado a la hora señalada. Sin embargo, si sólo tiene contraseña, el jurado no puede votar.
¿Los jurados de votación reciben alimentación y se les paga el transporte?
No. El presupuesto asignado por el Gobierno Nacional a la Registraduría Nacional del Estado Civil no incluye recursos para ello. Son los jurados de votación quienes deben llegar por sus propios medios a la respectiva mesa de votación a donde fueron asignados, así como proveer su alimentación. Sin embargo algunas alcaldías colaboran con la organización electoral suministrando alimentación a los jurados mientras prestan su servicio.
¿Quién es un jurado de votación?
Los jurados de votación son los ciudadanos que en representación de la sociedad civil atienden a los sufragantes el día de las elecciones.
¿Cómo se eligen los jurados de votación?
La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un software que permite realizar un sorteo electrónico de los jurados. Esta herramienta se nutre con las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos. El sorteo se realiza en forma aleatoria para garantizar la heterogeneidad de la filiación política y así brindarle transparencia al proceso electoral.
¿Cuándo se realizó el sorteo de jurados de votación para las elecciones de autoridades locales del 30 de octubre?
La designación de los jurados de votación se realizó del 1 al 31 de agosto en todo el país, para elegir cerca de 700.000 jurados de votación.
¿En qué fecha se publicarán las listas de los jurados designados?
De acuerdo con el calendario electoral, el 5 de septiembre se publican las listas de los ciudadanos que resultaron elegidos para prestar el servicio como jurados de votación el 30 de octubre.
¿Si el jurado de votación no recibe notificación queda exonerado de prestar el servicio?
No. El no estar notificado no es una excusa para no prestar el servicio de jurado de votación y por lo tanto es importante que todos los ciudadanos verifiquen en los listados que se fijan en lugares públicos si fueron seleccionados para este servicio.
¿Dónde consulto si fui designado como jurado de votación?
• Verificando los listados que se publican en lugares públicos como alcaldías o sedes de la Registraduría. En Bogotá los listados se pueden consultar en la Alcaldía Mayor, en la Plaza de Bolívar.
• Digitando su número de cédula en la página Web www.registraduria.gov.co.
• Verificando a través de las oficinas de Talento Humano de las distintas empresas e instituciones educativas del país que suministraron sus listados de nómina para incluir a los ciudadanos en la base de datos para el sorteo de jurados.
¿Cómo se capacitan los jurados de votación?
A través de las charlas presenciales que organiza la Registraduría en cada uno de los 1102 municipios del país, las cuales tienen una duración promedio de dos horas y se programarán con antelación. También se pueden capacitar a través de Internet mediante el curso virtual que ofrece la Registraduría en convenio con el Sena.
¿Cuáles son las sanciones para las personas designadas como jurados que no presten este servicio?
Las personas notificadas y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
¿Qué es ser jurado de votación remanente?
- Los jurados remanentes son aquellos ciudadanos que son seleccionados para sustituir a las personas que por motivo de fuerza mayor no puedan prestar este servicio el día de la elección.
En las listas los ciudadanos pueden saber si son jurados remanentes, ya que tendrán asignado el puesto más no la mesa de votación. Los ciudadanos deberán revisar las listas hasta el día antes de los comicios, para saber si deben prestar el servicio.
¿Cuáles son los cargos y las funciones de los jurados de votación?
Los jurados de votación tienen tres cargos: presidente, vicepresidente y vocal.
Las funciones de los jurados son las siguientes:
• El presidente de la mesa recibe el documento de identidad de los ciudadanos y lo verifica en el formulario E-10.
• El vicepresidente registra a cada elector en el formulario E-11.
• El vocal entrega la tarjeta electoral al sufragante.
• Los otros tres jurados son suplentes que deberán estar pendientes de vigilar la urna, ayudar al sufragante en caso que sea necesario, y entregar el certificado electoral.
¿Cuál es el horario de un jurado de votación?
Los jurados de votación deberán presentarse a más tardar a las 7:30 a.m. en la mesa asignada. La jornada electoral culmina a las 4:00 p.m., hora en que se inicia el escrutinio de mesa. Los jurados, únicamente se pueden retirar una vez hayan terminado el conteo de todos los votos y entreguen todos los formularios debidamente diligenciados y suscritos al Delegado de Puesto de la Registraduría Nacional.
¿Cuáles son las actividades de los jurados de votación hasta las 4:00 p.m.?
Desde las 7:30 a.m. el jurado inicia su labor con la verificación del kit electoral, el cual deberá estar completo para que a las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m. sean atendidos los votantes. En este horario el jurado de votación deberá verificar la identidad de los ciudadanos, hacer el registro general, entregar las tarjetas electorales y autorizar la introducción del voto en cada urna.
¿Las personas que prestaron el servicio de jurados de votación en las consultas de partidos y movimientos políticos de mayo repiten en los comicios del 30 de octubre?
No necesariamente, ya que para las elecciones de autoridades locales se realiza un nuevo sorteo de jurados en cada municipio. Sin embargo, se pueden dar casos en los cuales los ciudadanos que fueron jurados el 29 de mayo en las consultas salgan nuevamente seleccionados.
¿Para el sorteo de jurados, puedo pedir a la Registraduría que cambie la dirección de mi residencia?
No. La Registraduría Nacional del Estado Civil no actualiza, ni manipula las listas de los ciudadanos enviados por las empresas para ser sorteados como jurados de votación. El ciudadano debe solicitar a la oficina de Talento Humano de su empresa el respectivo cambio para que envíe el listado a la Entidad con los ajustes necesarios.
¿Si me asignaron un puesto de votación lejano a mi residencia puedo pedir el cambio?
No. La designación de los jurados se realiza mediante un sorteo aleatorio, el cual se hace por medio de un software alimentado con las listas de empleados públicos y privados menores de 60 años, enviadas por los jefes de recursos humanos de diversas empresas, los miembros de instituciones educativas y los listados que envían los partidos y movimientos políticos.
Efectivamente, en algunos casos el lugar donde se prestará el servicio puede quedar retirado de su lugar de residencia, teniendo en cuenta que hay puesto de votación ubicados en zonas no residenciales.
¿Si trabajo en un municipio distinto al de mi residencia y mi empresa reporta la dirección de la compañía, puedo excusarme de prestar el servicio de jurado?
No. Las bases de datos que se utilizan para el sorteo de los jurados de votación se elaboran con la información que reportan los empleadores. Si su empleador informó la dirección donde usted labora, se entiende que usted está en capacidad de trasladarse a dicha zona a prestar el servicio de jurado, ya que diariamente se traslada a dicho municipio a atender sus obligaciones laborales.
¿Prestar el servicio como jurado es obligatorio?
Sí. De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación.
¿Quiénes pueden excusarse de prestar el servicio de Jurados de Votación?
Según el artículo 108 del Código Electoral, las causales de exoneración son las siguientes:
• Grave enfermedad del jurado o su conyugue, padre, madre o hijo.
• Muerte del jurado o de su conyugue, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
• Ser menor de 18 años.
¿Quiénes no prestan el servicio de jurados de votación?
Por regla general, todos los ciudadanos entre 18 y 60 años pueden ser designados jurados de votación. Se exceptúan únicamente las siguientes personas:
• Menores de 18 años y mayores de 61 años.
• Funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
• Las primeras Autoridades Civiles en el orden Nacional, Seccional y Municipal.
• Funcionarios que realizan tareas electorales.
• Los miembros de las Fuerzas Armadas.
• Los Operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, Empresas de Teléfonos.
• Los funcionarios de la Administración Postal Nacional.
• Los Miembros Directivos de los Directorios Políticos, Candidatos.
• Los candidatos a corporaciones públicas, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad a primero civil, no podrán ser jurados de votación.
• Tampoco podrán ser jurados los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad 0 primero civil del Registrador Nacional, Registradores Distritales, Municipales o Auxiliares, ni de los Delegados del Registrador.
¿Cómo se presenta la excusa para ser exonerado de prestar el servicio de jurado de votación?
El ciudadano debe acercarse a la oficina del Registrador del municipio y pedir una solicitud de exoneración. Debe anexar las pruebas que exige el Código Electoral en el artículo 108, así: La enfermedad sólo podrá acreditarse con la presentación del certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento; la muerte del familiar, con el certificado de defunción; la edad, con la presentación del documento de identidad; la no residencia, con la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside y la inscripción y voto, con el respectivo certificado de votación.
¿Cuáles son las sanciones para las personas designadas como jurados que no presten este servicio?
Las personas notificadas y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
¿El jurado de votación puede retirarse de su mesa para ir a votar?
No. El jurado está habilitado para votar en la misma mesa en la que presta el servicio.
¿Qué beneficio se otorga por ejercer funciones de jurado de votación?
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 105 del Código Electoral, los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo frente al respectivo empleador dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de la elección.
De igual forma, el artículo 3º de la Ley 403 de 1997, establece que todo ciudadano que acredite haber ejercido el derecho al voto en forma legítima, podrá disponer de media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector.
Sin embargo, en la ley no se establece que estos beneficios sean acumulativos.
¿Cuántos jurados se designan por cada mesa de votación?
Seis jurados por cada mesa de votación; tres principales y tres suplentes. Al comenzar la jornada todos deberán estar presentes para el momento de abrir el kit electoral y al finalizar la jornada democrática, todos deberán realizar el conteo de mesa de los votos.
¿Si no tengo cédula, sólo contraseña, puedo ser jurado?
Sí. Todos los jurados que fueron notificados para prestar su servicio deben presentarse a las 7:30 am en el puesto asignado. En principio deben llevar la cédula de ciudadanía y el formulario E-1 de notificación de jurados. Pero si el jurado no tiene cédula sino contraseña, o si perdió el formulario E-1, esta situación no lo exime de prestar su servicio y por lo tanto debe presentarse en el día indicado a la hora señalada. Sin embargo, si sólo tiene contraseña, el jurado no puede votar.
¿Los jurados de votación reciben alimentación y se les paga el transporte?
No. El presupuesto asignado por el Gobierno Nacional a la Registraduría Nacional del Estado Civil no incluye recursos para ello. Son los jurados de votación quienes deben llegar por sus propios medios a la respectiva mesa de votación a donde fueron asignados, así como proveer su alimentación. Sin embargo algunas alcaldías colaboran con la organización electoral suministrando alimentación a los jurados mientras prestan su servicio.
Jurados Elecciones 2018
La Registraduría Nacional del Estado Civil publicó en su página web www.registraduria.gov.co el calendario electoral 2018 para la elección de Presidente y Legisladores.
El pasado 17 de agosto inició el registro de los comités inscriptores de los grupos significativos de ciudadanos e inició el periodo de recolección de apoyos para la inscripción de candidatos por firmas.
Cabe recordar que mediante Resolución 4662 de 2016, la Registraduría Nacional del Estado Civil estableció el procedimiento para que los grupos significativos de ciudadanos puedan participar en nuevas elecciones y complementarias (atípicas) que se realicen el país.
Esta es una nueva oportunidad que ofrece la Registraduría a los grupos significativos de ciudadanos, con el objetivo de brindar a estas colectividades espacios de participación, equidad e igualdad de condiciones en las elecciones atípicas, donde anteriormente solo tenían la oportunidad de participar los partidos y movimientos políticos por el corto tiempo en que se desarrollaban.
De acuerdo con el calendario electoral 2018, el 1 de septiembre vence el plazo para inscripción de candidatos por parte de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos.
Hasta el 1 de octubre se podrá realizará el sorteo para elegir los ciudadanos que prestarán el servicio como jurados de votación. Las listas con los seleccionados se publicarán el 6 de octubre.
La elección atípica con fines de elegir el nuevo presidente, se celebrará el domingo 16 de octubre de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Los escrutinios municipales iniciarán el mismo domingo 16 de octubre y los departamentales de ser necesarios el martes 18 de octubre. Esta elección atípica en el municipio de Mesetas se realiza luego que se declarará la nulidad de la elección del mandatario William Hurtado Eslava, del Partido Alianza Verde electo.
El pasado 17 de agosto inició el registro de los comités inscriptores de los grupos significativos de ciudadanos e inició el periodo de recolección de apoyos para la inscripción de candidatos por firmas.
Cabe recordar que mediante Resolución 4662 de 2016, la Registraduría Nacional del Estado Civil estableció el procedimiento para que los grupos significativos de ciudadanos puedan participar en nuevas elecciones y complementarias (atípicas) que se realicen el país.
Esta es una nueva oportunidad que ofrece la Registraduría a los grupos significativos de ciudadanos, con el objetivo de brindar a estas colectividades espacios de participación, equidad e igualdad de condiciones en las elecciones atípicas, donde anteriormente solo tenían la oportunidad de participar los partidos y movimientos políticos por el corto tiempo en que se desarrollaban.
De acuerdo con el calendario electoral 2018, el 1 de septiembre vence el plazo para inscripción de candidatos por parte de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos.
Hasta el 1 de octubre se podrá realizará el sorteo para elegir los ciudadanos que prestarán el servicio como jurados de votación. Las listas con los seleccionados se publicarán el 6 de octubre.
La elección atípica con fines de elegir el nuevo presidente, se celebrará el domingo 16 de octubre de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Los escrutinios municipales iniciarán el mismo domingo 16 de octubre y los departamentales de ser necesarios el martes 18 de octubre. Esta elección atípica en el municipio de Mesetas se realiza luego que se declarará la nulidad de la elección del mandatario William Hurtado Eslava, del Partido Alianza Verde electo.
Donde Voto 2018 Colombia
La Corte Constitucional, en Sentencia C 1121 de 2004, definio el censo electoral 2018 como una base de datos donde se incluyen los ciudadanos colombianos, residentes en el pais y en el exterior, que pueden validamente sufragar en un determinado certamen democratico, y que le permite al Estado controlar, planear, organizar y desarrollar no solo los certamenes electorales sino igualmente los mecanismos de participacion.
Artículo 76. Artículos 76 y 77 modificados por el artículo 7 de la Ley 6 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:
“A partir de 1988 el ciudadano sólo podrá votar en el lugar en que aparezca su cédula de ciudadanía conforme al censo electoral. Permanecerán en el censo electoral del sitio respectivo, las cédulas que integraban el censo de 1988, y las que con posterioridad allí se expidan o se inscriban, mientras no sean canceladas o se inscriban en otro lugar”.
Artículo 66. Artículo modificado por el artículo 6 de la Ley 6 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:
“La preparación de cédulas de ciudadanía se suspenderá cuatro (4) meses antes de las respectivas votaciones con el fin de elaborar las listas de sufragantes”.
Artículo 86.
"Los Comandantes de las Fuerzas Armadas enviarán a la Registraduría Nacional del Estado Civil, hasta tres (3) meses antes de la fecha de las votaciones y con carácter reservado, la lista del personal de oficiales, suboficiales y miembros de las distintas armas, con indicación de los respectivos números de cédulas, a efecto de que sean omitidas en las listas de sufragantes para la elección correspondiente.
El Ministro de Justicia, por conducto de la Dirección General de Prisiones, enviará también a la Registraduría Nacional del Estado Civil, hasta tres (3) meses antes de la fecha de las votaciones y con carácter reservado, las listas del personal de guardianes de las cárceles, con indicación de los correspondientes números de cédulas, para que sean omitidas en las listas de sufragantes de la respectiva elección, y lo mismo deben hacer la Dirección General de Aduanas y las Secretarías de Hacienda Departamentales respecto de los guardas de aduana y de rentas departamentales".
El censo electoral se actualiza todos los días, así:
Bajas del censo:
Cancelación de cédulas de ciudadanía por muerte, con base en el registro civil de defunción.
La renuncia a la nacionalidad colombiana.
Sentencias condenatorias que incluyen la interdicción de derechos políticos por un tiempo determinado.
El ingreso del ciudadano a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.
Altas del censo
Inclusión automática de las cédulas expedidas por primera vez, al cumplir 18 años.
Inclusión automática de las cédulas expedidas a quienes adquieren la nacionalidad colombiana.
Re incorporación de aquellas cédulas que habían perdido temporalmente su vigencia:
- Porque ya se cumplió el tiempo de pena previsto en la sentencia condenatorias.
- Porque el ciudadano deja de pertenecer a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.
Desde el año 2008 la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó en su página web el censo electoral con el fin de facilitar que todos los ciudadanos contribuyan a su depuración. Cualquier persona puede digitar un número de cédula y el sistema le informará en dónde se encuentra inscrita para votar, o si por el contrario se encuentra dada de baja por alguna situación. Si un ciudadano encuentra alguna inconsistencia puede reportarla a través de correo electrónico y la Registraduría Nacional procede a analizar el caso.
Artículo 76. Artículos 76 y 77 modificados por el artículo 7 de la Ley 6 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:
“A partir de 1988 el ciudadano sólo podrá votar en el lugar en que aparezca su cédula de ciudadanía conforme al censo electoral. Permanecerán en el censo electoral del sitio respectivo, las cédulas que integraban el censo de 1988, y las que con posterioridad allí se expidan o se inscriban, mientras no sean canceladas o se inscriban en otro lugar”.
Artículo 66. Artículo modificado por el artículo 6 de la Ley 6 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:
“La preparación de cédulas de ciudadanía se suspenderá cuatro (4) meses antes de las respectivas votaciones con el fin de elaborar las listas de sufragantes”.
Artículo 86.
"Los Comandantes de las Fuerzas Armadas enviarán a la Registraduría Nacional del Estado Civil, hasta tres (3) meses antes de la fecha de las votaciones y con carácter reservado, la lista del personal de oficiales, suboficiales y miembros de las distintas armas, con indicación de los respectivos números de cédulas, a efecto de que sean omitidas en las listas de sufragantes para la elección correspondiente.
El Ministro de Justicia, por conducto de la Dirección General de Prisiones, enviará también a la Registraduría Nacional del Estado Civil, hasta tres (3) meses antes de la fecha de las votaciones y con carácter reservado, las listas del personal de guardianes de las cárceles, con indicación de los correspondientes números de cédulas, para que sean omitidas en las listas de sufragantes de la respectiva elección, y lo mismo deben hacer la Dirección General de Aduanas y las Secretarías de Hacienda Departamentales respecto de los guardas de aduana y de rentas departamentales".
El censo electoral se actualiza todos los días, así:
Bajas del censo:
Cancelación de cédulas de ciudadanía por muerte, con base en el registro civil de defunción.
La renuncia a la nacionalidad colombiana.
Sentencias condenatorias que incluyen la interdicción de derechos políticos por un tiempo determinado.
El ingreso del ciudadano a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.
Altas del censo
Inclusión automática de las cédulas expedidas por primera vez, al cumplir 18 años.
Inclusión automática de las cédulas expedidas a quienes adquieren la nacionalidad colombiana.
Re incorporación de aquellas cédulas que habían perdido temporalmente su vigencia:
- Porque ya se cumplió el tiempo de pena previsto en la sentencia condenatorias.
- Porque el ciudadano deja de pertenecer a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.
Desde el año 2008 la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó en su página web el censo electoral con el fin de facilitar que todos los ciudadanos contribuyan a su depuración. Cualquier persona puede digitar un número de cédula y el sistema le informará en dónde se encuentra inscrita para votar, o si por el contrario se encuentra dada de baja por alguna situación. Si un ciudadano encuentra alguna inconsistencia puede reportarla a través de correo electrónico y la Registraduría Nacional procede a analizar el caso.
Elecciones 2018 Resultados
Los colombianos ya pueden descargar el aplicativo llamado Elecciones Colombia 2018 a través de sus dispositivos Andorid, IOS o Windows Phone. Este servicio permite que los ciudadanos consulten en tiempo real y de manera ágil los resultados del preconteo, este domingo 25 de octubre.
Bogotá D.C, jueves 22 de octubre de 2018. Nuevamente este domingo 25 de octubre, los ciudadanos podrán conocer los resultados de preconteo desde sus dispositivos móviles, lo que les permitirá tener la información en tiempo real y de una manera ágil.
Los colombianos interesados en seguir la información que entrega la Registraduría Nacional del Estado Civil, este domingo 25 de octubre, a partir de las 4:00 pm, lo podrán hacer a través de sus celulares o tabletas. Sólo deben ingresar al Play Store, App Store o Windows Store y descargar la aplicación que se encuentra digitando “Elecciones Colombia 2018”. Una vez instalada se podrá ingresar y conocer los resultados de preconteo.
Los resultados que se entregan el domingo de las elecciones son el resultado del preconteo o conteo rápido de mesa, tiene carácter informativo pero carece de valor jurídico vinculante, ya que de acuerdo con lo previsto en el Código Electoral, los resultados oficiales de la elección sólo se conocen una vez concluya el proceso de escrutinio, a cargo de las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral.
Esta aplicación se ha probado con éxito en elecciones nacionales en España, Argentina y El Salvador. En Colombia se implementó por primera vez en los procesos electorales del 2014.
Durante las elecciones del 9 de marzo, más de 100.000 usuarios descargaron la aplicación, registrando cerca de 8.500 descargas por hora. Así mismo se lograron más de 5.500.000 pantallas vistas y 26.221.573 sesiones abiertas.
Desde 88 países se realizaron descargas para consultar la información de las elecciones, destacándose Estados Unidos con 1.242 usuarios y España con 427.
En Apple Store, la aplicación logro el No 1 en ranking de descargas, el día de las elecciones de Congreso y Parlamento Andino, el 9 de marzo, superando las demás aplicaciones que tienen los ciudadanos.
Para la primera vuelta de la elección de Presidente y Vicepresidente de la República del 25 de mayo de 2014 la aplicación tuvo un total de 84.723 descargas. La aplicación logró un total de 2.401.940 sesiones abiertas. En Colombia, desde 2.328.801 sesiones se realizó la consulta de los resultados electorales.
Además de Colombia, la aplicación fue descargada desde 101 naciones. Entre los países con mayor número de sesiones vistas se encuentran Estados Unidos con 17.068, seguido de Venezuela con 5.647 y España con 5.100 sesiones.
El diseño y desarrollo tecnológico de la aplicación por la cual los colombianos podrán acceder de manera fácil a conocer los resultados de preconteo, este domingo 25 de octubre, fue realizado por la Firma Contratista UT Indra Elecciones 2018.
Bogotá D.C, jueves 22 de octubre de 2018. Nuevamente este domingo 25 de octubre, los ciudadanos podrán conocer los resultados de preconteo desde sus dispositivos móviles, lo que les permitirá tener la información en tiempo real y de una manera ágil.
Los colombianos interesados en seguir la información que entrega la Registraduría Nacional del Estado Civil, este domingo 25 de octubre, a partir de las 4:00 pm, lo podrán hacer a través de sus celulares o tabletas. Sólo deben ingresar al Play Store, App Store o Windows Store y descargar la aplicación que se encuentra digitando “Elecciones Colombia 2018”. Una vez instalada se podrá ingresar y conocer los resultados de preconteo.
Los resultados que se entregan el domingo de las elecciones son el resultado del preconteo o conteo rápido de mesa, tiene carácter informativo pero carece de valor jurídico vinculante, ya que de acuerdo con lo previsto en el Código Electoral, los resultados oficiales de la elección sólo se conocen una vez concluya el proceso de escrutinio, a cargo de las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral.
Esta aplicación se ha probado con éxito en elecciones nacionales en España, Argentina y El Salvador. En Colombia se implementó por primera vez en los procesos electorales del 2014.
Durante las elecciones del 9 de marzo, más de 100.000 usuarios descargaron la aplicación, registrando cerca de 8.500 descargas por hora. Así mismo se lograron más de 5.500.000 pantallas vistas y 26.221.573 sesiones abiertas.
Desde 88 países se realizaron descargas para consultar la información de las elecciones, destacándose Estados Unidos con 1.242 usuarios y España con 427.
En Apple Store, la aplicación logro el No 1 en ranking de descargas, el día de las elecciones de Congreso y Parlamento Andino, el 9 de marzo, superando las demás aplicaciones que tienen los ciudadanos.
Para la primera vuelta de la elección de Presidente y Vicepresidente de la República del 25 de mayo de 2014 la aplicación tuvo un total de 84.723 descargas. La aplicación logró un total de 2.401.940 sesiones abiertas. En Colombia, desde 2.328.801 sesiones se realizó la consulta de los resultados electorales.
Además de Colombia, la aplicación fue descargada desde 101 naciones. Entre los países con mayor número de sesiones vistas se encuentran Estados Unidos con 17.068, seguido de Venezuela con 5.647 y España con 5.100 sesiones.
El diseño y desarrollo tecnológico de la aplicación por la cual los colombianos podrán acceder de manera fácil a conocer los resultados de preconteo, este domingo 25 de octubre, fue realizado por la Firma Contratista UT Indra Elecciones 2018.
Donde Votar Colombia 2018
Donde Colombia 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Colombia 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué necesita para votar?
Quien vaya a votar debe presentar ante el jurado de votación su cédula de ciudadanía, teniendo en cuenta que desde el 31 de julio de 2010, la cédula amarilla con hologramas es el único documento válido para poder ejercer el derecho al sufragio en Colombia. Además del documento debe tener inscrita su cédula.
¿Cómo averiguar el puesto donde debe votar?
Todos los ciudadanos podrán votar en el lugar donde se encuentra inscrita su cédula de ciudadanía. Para conocer con exactitud su puesto de votación ingrese a nuestra web al icono de consulta, o en la web de la Registraduría www.registraduria.gov.co y hacer clic en ‘Consulte su lugar de votación’. Digite su número de cédula y de inmediato el sistema le informará cuál la mesa y el puesto de votación.
¿A qué horas se abren las urnas de votación?
Las urnas se abren a las 8 de la mañana y se cierran a las 4 de la tarde. Tenga en cuenta salir temprano a votar, puesto que si a la hora del cierre aún está en fila, no podrá votar, los jurados empiezan puntual su labor del conteo de votos.
¿Qué pasa si comete un error al marcar el tarjetón?
Si el ciudadano marca de forma equivocada la tarjeta electoral, puede acercarse al jurado de votación y solicitar una nueva, claro está que debe devolver la tarjeta electoral mal diligenciada y verificar su anulación.
¿Qué no se debe hacer el día de elecciones?
Los colombianos que se acerquen a los puestos de votación no pueden llevar ropa con propaganda política. Tampoco podrán usar teléfonos celulares o de cámaras. Se permiten acompañantes hasta los cubículos solo para personas con dificultades físicas, así como las personas mayores de 80 años o quienes padecen problemas avanzados de visión, quienes tienen derecho al turno preferencial de votación.
¿Cuántos partidos o movimientos políticos participan en la elección?
En la contienda electoral participan 5 partidos o movimientos políticos que inscribieron candidatos: El Partido Conservador Colombiano; la Coalición Unidad Nacional, conformada por los partidos Liberal Colombiano, Partido Social de Unidad Nacional, Partido de la U y Cambio Radical; el movimiento significativo de ciudadanos Centro Democrático; la coalición Polo Democrático Alternativo Unión Patriótica; el Partido Alianza Verde y el Voto en Blanco.
¿Quién puede votar en Corferias o en los puestos censo del país?
Únicamente los ciudadanos que tienen inscrita allí su cédula, o los que tiene cédulas expedidas entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003, que nunca han inscrito su cédula de ciudadanía en otro puesto de votación ni presentan ninguna novedad. Las cédulas expedidas con posterioridad al 8 de enero de 2003 quedan habilitadas para votar en un puesto cercano a la dirección reportada al momento de hacer el trámite.
¿Cómo se obtiene el certificado electoral?
El ciudadano debe recibir el Certificado Electoral, una vez deposita la tarjeta electoral en la urna, el cual es un documento público expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que surgió como resultado de la Ley 403 de 1997.
¿Qué beneficios da el certificado electoral?
Este certificado garantiza al ciudadano beneficios como descuentos en matrículas de universidades públicas, prelación en caso de empate para acceder a un cargo público, rebaja en el tiempo de prestación del servicio militar y descuentos en algunos trámites ante entidades estatales.
¿Qué es la tarjeta electoral?
La tarjeta electoral es el documento en el cual el sufragante, ejerciendo su derecho al voto, marca su preferencia electoral, eligiendo a un candidato, partido o movimiento político específico, o marcando la opción de voto.
¿Cuándo un voto es nulo?
Cuando la marcación efectuada por el elector no permite determinar de manera clara la intención del sufragante, es decir que no es posible identificar a favor de qué candidato votó.
El proceso de inscripción de cédulas de Colombia 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué necesita para votar?
Quien vaya a votar debe presentar ante el jurado de votación su cédula de ciudadanía, teniendo en cuenta que desde el 31 de julio de 2010, la cédula amarilla con hologramas es el único documento válido para poder ejercer el derecho al sufragio en Colombia. Además del documento debe tener inscrita su cédula.
¿Cómo averiguar el puesto donde debe votar?
Todos los ciudadanos podrán votar en el lugar donde se encuentra inscrita su cédula de ciudadanía. Para conocer con exactitud su puesto de votación ingrese a nuestra web al icono de consulta, o en la web de la Registraduría www.registraduria.gov.co y hacer clic en ‘Consulte su lugar de votación’. Digite su número de cédula y de inmediato el sistema le informará cuál la mesa y el puesto de votación.
¿A qué horas se abren las urnas de votación?
Las urnas se abren a las 8 de la mañana y se cierran a las 4 de la tarde. Tenga en cuenta salir temprano a votar, puesto que si a la hora del cierre aún está en fila, no podrá votar, los jurados empiezan puntual su labor del conteo de votos.
¿Qué pasa si comete un error al marcar el tarjetón?
Si el ciudadano marca de forma equivocada la tarjeta electoral, puede acercarse al jurado de votación y solicitar una nueva, claro está que debe devolver la tarjeta electoral mal diligenciada y verificar su anulación.
¿Qué no se debe hacer el día de elecciones?
Los colombianos que se acerquen a los puestos de votación no pueden llevar ropa con propaganda política. Tampoco podrán usar teléfonos celulares o de cámaras. Se permiten acompañantes hasta los cubículos solo para personas con dificultades físicas, así como las personas mayores de 80 años o quienes padecen problemas avanzados de visión, quienes tienen derecho al turno preferencial de votación.
¿Cuántos partidos o movimientos políticos participan en la elección?
En la contienda electoral participan 5 partidos o movimientos políticos que inscribieron candidatos: El Partido Conservador Colombiano; la Coalición Unidad Nacional, conformada por los partidos Liberal Colombiano, Partido Social de Unidad Nacional, Partido de la U y Cambio Radical; el movimiento significativo de ciudadanos Centro Democrático; la coalición Polo Democrático Alternativo Unión Patriótica; el Partido Alianza Verde y el Voto en Blanco.
¿Quién puede votar en Corferias o en los puestos censo del país?
Únicamente los ciudadanos que tienen inscrita allí su cédula, o los que tiene cédulas expedidas entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003, que nunca han inscrito su cédula de ciudadanía en otro puesto de votación ni presentan ninguna novedad. Las cédulas expedidas con posterioridad al 8 de enero de 2003 quedan habilitadas para votar en un puesto cercano a la dirección reportada al momento de hacer el trámite.
¿Cómo se obtiene el certificado electoral?
El ciudadano debe recibir el Certificado Electoral, una vez deposita la tarjeta electoral en la urna, el cual es un documento público expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que surgió como resultado de la Ley 403 de 1997.
¿Qué beneficios da el certificado electoral?
Este certificado garantiza al ciudadano beneficios como descuentos en matrículas de universidades públicas, prelación en caso de empate para acceder a un cargo público, rebaja en el tiempo de prestación del servicio militar y descuentos en algunos trámites ante entidades estatales.
¿Qué es la tarjeta electoral?
La tarjeta electoral es el documento en el cual el sufragante, ejerciendo su derecho al voto, marca su preferencia electoral, eligiendo a un candidato, partido o movimiento político específico, o marcando la opción de voto.
¿Cuándo un voto es nulo?
Cuando la marcación efectuada por el elector no permite determinar de manera clara la intención del sufragante, es decir que no es posible identificar a favor de qué candidato votó.
Donde Votar Vichada 2018
Donde Vichada 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Vichada 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Vichada 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Vaupés 2018
Donde Votar Vaupés 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Vaupés 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Vaupés 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Valle del Cauca 2018
Donde Votar Valle del Cauca 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Valle del Cauca 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Valle del Cauca 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Tolima 2018
Donde Votar Tolima 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Tolima 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Tolima 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Sucre 2018
Donde Votar Sucre 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Sucre 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Sucre 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Santander 2018
Donde Votar Santander 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Santander 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Santander 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar San Andrés y Providencia 2018
Donde Votar San Andrés y Providencia 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de San Andrés y Providencia 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de San Andrés y Providencia 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Risaralda 2018
Donde Votar Risaralda 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Risaralda 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Risaralda 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Quindío 2018
Donde Votar Quindío 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Quindío 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Quindío 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Putumayo 2018
Donde Votar Putumayo 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Putumayo 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Putumayo 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Norte de Santander 2018
Donde Votar Norte de Santander 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Norte de Santander 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Norte de Santander 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
Donde Votar Nariño 2018
Donde Votar Nariño 2018 para los colombianos en territorio nacional y en el exterior que participan de la Elección Presidencial de Colombia 2018. Información sobre jurados, mesas, lugares y puestos de votación en Colombia.
El proceso de inscripción de cédulas de Nariño 2018 se adelantará en tres etapas:
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
El proceso de inscripción de cédulas de Nariño 2018 se adelantará en tres etapas:
- Registraduria Nacional: En todas las sedes de la Registraduría Nacional y en los consulados de Colombia en el exterior, en el horario de atención al público.
- Puestos de Votación: En los 9.975 puestos de votación en todo el país, de 10:00 a.m. a 6:00 p.m., incluyendo sábado, domingo y lunes festivo, así como en los consulados de Colombia en el exterior.
- Pagina web de Registraduria Colombia: Si usted desea consultar cuál es su actual lugar de votación puede hacerlo aquí www.registraduria.gov.co
Recomendaciones para la Elecciones Presidenciales 2018:
- Para inscribirse es indispensable presentar la cédula original. Puede ser la blanca laminada, la café plastificada o la amarilla con hologramas.
- El proceso de inscripción es gratuito y el ciudadano recibe un comprobante.
- Quienes cumplieron 18 años recientemente y ya recibieron su cédula no necesariamente tienen que inscribirse, ya que automáticamente quedan habilitados para votar en un puesto cercano al sitio en donde fue expedida su cédula.
Preguntas frencuentes:
¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, si el trámite se hace en Colombia, o ante el funcionario diplomático o consular, si se hace en el exterior, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está, y/o poder ejercer el derecho al sufragio en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Me puedo inscribir si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.
¿Si acabo de recibir mi cédula y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su lugar de votación.
¿Puedo inscribirme si no he renovado mi cédula?
Sí. La inscripción de cédulas se adelanta con cualquiera de los tres formatos de cédula vigentes: blanca laminada, café plastificada o amarilla con hologramas.
¿Puedo inscribir mi cédula presentando sólo la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula original. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida del documento. Únicamente la cédula original.
¿Puedo inscribirme con el pasaporte?
Si usted es un colombiano residente en el exterior y adelantará la inscripción de su cédula en un consulado, podrá inscribirse con cualquiera de los tres formatos de cédula o con el pasaporte colombiano vigente. Por el contrario, en el territorio nacional no es posible inscribir la cédula presentando el pasaporte.
¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de inscripción de la cédula exige la presentación personal del ciudadano. La impresión de la huella dactilar del ciudadano es requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.
¿Me puedo inscribir en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción sólo es válida para los residentes del lugar en donde se realiza y por lo tanto al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente.
¿Me entregan algún comprobante de la inscripción?
Sí. Usted recibirá un comprobante en el que se señala la fecha de la inscripción, su número de identificación, los códigos de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.
Con información de la Registraduría Nacional.
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